1. General
Los siguientes Términos y Condiciones Generales se aplican a todos los contratos de agencia inmobiliaria celebrados entre la agencia inmobiliaria „Marcel Remus®“ (en adelante, el agente) y todos los clientes (en adelante, el cliente), ya sean contratos de compraventa o de alquiler. Si alguna cláusula solo se aplica a empresarios en el sentido del § 14 del Código Civil Alemán (BGB) o a comerciantes, se indicará claramente en la cláusula correspondiente.
2. Contrato de intermediación/Contrato de exclusividad/Duración/Inclusión de terceros
El cliente se compromete a no contratar o encomendar a terceros la mediación durante la vigencia del contrato de intermediación. Salvo que se acuerde lo contrario, el plazo fijo del contrato de exclusividad es de 12 meses. El intermediario está autorizado a involucrar a otros intermediarios en la tramitación del encargo. En un contrato de intermediación normal, se permite al cliente contratar a otros intermediarios para la comercialización de su propiedad.
3. Doble acción
El corredor podrá actuar tanto para el vendedor o arrendador como para el comprador o inquilino, salvo las excepciones legales.
4. Nacimiento/Vencimiento del derecho
El derecho a la comisión nace por la demostración de la oportunidad de celebrar o la intermediación en un contrato de arrendamiento, compra, arrendamiento de empresa, participación en empresa o derecho de superficie, así como contratos económicamente equivalentes (en adelante, cada uno de ellos también contrato principal) relativos al inmueble. La comisión vence con la celebración del contrato principal.
5. Monto de la remuneración
Los honorarios se basarán en la ubicación del inmueble y las comisiones de intermediación habituales en la zona, salvo que se acuerde lo contrario. Para los empresarios, se excluye la compensación con reclamaciones de comisiones pendientes, excepto aquellas que sean legalmente firmes o reconocidas por escrito por el intermediario. Lo mismo se aplica a la invocación de un derecho de retención por parte de los empresarios.
6. Obligaciones del cliente
El cliente otorga al agente poder para consultar el registro de la propiedad, los expedientes de construcción y todos los demás expedientes oficiales, y le transfiere sus derechos de información y consulta frente a un administrador de la propiedad horizontal.
Se prohíbe al propietario contratante ofrecer activamente la propiedad en internet y/o anuncios de periódicos durante la vigencia del contrato de intermediación exclusivo; sin embargo, siempre puede celebrar el contrato principal incluso si encuentra un socio contractual sin la intervención del intermediario.
Toda la información, incluidas las pruebas de propiedad, que el cliente reciba del corredor está destinada exclusivamente a su uso personal. Sin el consentimiento expreso y por escrito del corredor, el cliente tiene prohibido transmitir dicha información y pruebas a terceros.
Si el cliente ya conocía de antemano el asunto contractual que se le ha demostrado, deberá comunicárselo por escrito al intermediario sin demora y justificarlo. Asimismo, el cliente está obligado a comunicar si el contrato previsto se celebró, cuándo y con quién, así como qué precio de compra, alquiler o arrendamiento se obtuvo. El contrato deberá presentarse inmediatamente después de su celebración. A tal fin, el intermediario tiene derecho a solicitar la información necesaria a los registros de la propiedad, notarios y otras partes interesadas.
7. Reclamación de reembolso de gastos del agente
Si el cliente ya no desea celebrar el contrato principal durante la vigencia del contrato de exclusividad, o si impide o dificulta de mala fe su celebración, el cliente se compromete a reembolsar al corredor los gastos reales y demostrados del corredor.
8. Descargo de responsabilidad
La responsabilidad del corredor se limita a negligencia grave o conducta intencional. Esto no se aplica a la responsabilidad por daños derivados de lesiones a la vida, el cuerpo o la salud que resulten de un incumplimiento negligente de las obligaciones por parte del corredor o de un representante legal o auxiliar, y de la violación de una obligación contractual esencial. Las obligaciones contractuales esenciales son aquellas cuyas el cumplimiento hace posible la correcta ejecución del contrato y cuyo cumplimiento el cliente puede esperar regularmente.
La información del inmueble transmitida por el agente inmobiliario se basa en las indicaciones del vendedor o de un tercero encargado por el vendedor y no es verificada por el agente inmobiliario en cuanto a su exactitud. El agente inmobiliario no asume ninguna garantía por la exactitud de los datos del inmueble.
9. Párrafos adicionales
Las modificaciones, adiciones y acuerdos colaterales solo serán válidos si se realizan por escrito.
10. Lugar de cumplimiento yjurisdicción
Son comerciantes ambos el corredor y el cliente, siendo el lugar de cumplimiento de todas las obligaciones y reclamaciones derivadas de la relación contractual, y al mismo tiempo la jurisdicción, el domicilio social del corredor.
11. Cláusula de Salvaguarda
Si una o más de las disposiciones anteriores resultaran inválidas, la validez de las demás disposiciones no se verá afectada por ello. Lo mismo se aplicará en caso de invalidez de parte de una disposición. La disposición inválida que corresponda deberá ser sustituida por una disposición que se acerque más a los intereses económicos de las partes contratantes y no contravenga los acuerdos contractuales.